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4% de créditos fiscales para viviendas de bajos ingresos

Consulte la Descripción general del programa LIHTC para las restricciones de elegibilidad y uso de bajos ingresos.

Tasa fija del 4 por ciento

En el pasado, la tasa de crédito fiscal real variaba según la Tasa Federal Aplicable (AFR). Sin embargo, el 27 de diciembre de 2020, se promulgó la Ley de Asignaciones Consolidadas de 2021 (“HR 133”) que establece un crédito mínimo del 4 por ciento para proyectos de Crédito Tributario para Viviendas de Bajos Ingresos (LIHTC). El LIHTC del 4 por ciento proporcionará aproximadamente el 30 por ciento de capital para un proyecto nuevo o existente.

El crédito fiscal del 4% por ingresos bajos puede aportar capital a dos tipos de proyectos:

  1. Junto con los Bonos de Actividad Privada, el 4 por ciento de crédito tributario por bajos ingresos se puede utilizar para nuevas construcciones o rehabilitación de proyectos existentes.
  2. En combinación con el crédito fiscal competitivo del 9 por ciento, el crédito fiscal de ingresos bajos del 4 por ciento se puede utilizar para los costos de adquisición de edificios existentes al completar la rehabilitación.

Bonos de actividad privada

Los desarrolladores que utilizan el financiamiento de bonos de actividad privada reciben un crédito fiscal anual del 4 por ciento para todos los costos incluidos en la base elegible para proyectos de nueva construcción y adquisición / rehabilitación por un período de 10 años. Cualquier proyecto que esté ubicado en áreas designadas como áreas de difícil desarrollo (DDA) o áreas dentro de un área censal calificada (QCT) es elegible para un 30 por ciento adicional en base elegible (aumento del 130 por ciento) para nuevas construcciones o rehabilitación. Ver el Hoja de condiciones de financiamiento de bonos para obtener más información.

Crédito fiscal no competitivo "desde el principio"

El crédito fiscal del 4 por ciento es un otorgamiento "por derecho" cuando se utiliza junto con los Bonos de actividad privada (PAB) y no se considera competitivo. Los costos de adquisición de los edificios existentes se excluyen del aumento de base del 130 por ciento.

Combinación de premios competitivos del 9 por ciento con créditos de adquisición del 4 por ciento

Los desarrollos de adquisición / rehabilitación que reciben premios LIHTC en la ronda competitiva del 9 por ciento, pueden utilizar los créditos LIHTC del 4 por ciento para el costo de adquisición de edificios existentes. El crédito de adquisición del 4 por ciento está excluido del aumento de la base QCT / DDA del 130 por ciento.

Uso de bonos para la construcción

Los bonos deben usarse durante la construcción y deben cubrir al menos el 50 por ciento de los costos totales de desarrollo para ser elegible para los créditos fiscales del 4 por ciento.

Si tiene preguntas sobre este programa, por favor contáctenos.

Desarrollos financiados por vivienda en Nuevo México