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Fondo fiduciario de títulos de propiedad

Propósito

La Ley del Fondo Fiduciario de Título de Tierras establece que ciertos fondos en garantía de la compañía de títulos de propiedad pueden colocarse en cuentas que devengan intereses, y los intereses devengados se remitirán al Fondo Fiduciario. El Fondo Fiduciario se utilizará para financiar préstamos o subvenciones que proporcionarán vivienda a personas de bajos ingresos (los ingresos familiares no superan el 80 por ciento del ingreso medio del área) y otros usos, como se muestra a continuación. (Nota: los corredores de bienes raíces y los agentes de cierre de depósitos en garantía sujetos a la Ley de fideicomisos de vivienda para personas de bajos ingresos también pueden colocar fondos en custodia en cuentas que devengan intereses, como se describe a continuación).

Los mecánicos

  1. La compañía de títulos, el corredor de bienes raíces o el agente de cierre de depósitos en garantía colocan los fondos en custodia en cuentas especiales que devengan intereses.
  2. La institución financiera remite los intereses de estas cuentas especiales al fondo al menos trimestralmente, de conformidad con las reglas de Vivienda de Nuevo México, o la compañía de títulos puede optar por remitirlos utilizando los siguientes formularios:
  3. Síndico (Housing New Mexico) supervisa los depósitos, inversiones y desembolsos del fondo de conformidad con la Ley y las normas.

Para obtener más información sobre cómo participar, comuníquese con Laura Thompson en 505-843-6880 or 505-767-2235.

Uso de dinero

  • Actividades elegibles
    • Préstamos o subvenciones a organizaciones elegibles para proporcionar vivienda a personas de bajos ingresos;
    • Fondos para proporcionar becas para graduados de la escuela secundaria de Nuevo México / beneficiarios de GED en instituciones postsecundarias públicas de Nuevo México bajo un programa que será administrado por una asociación estatal de títulos de propiedad sin fines de lucro.
  • Organizaciones elegibles
    • 501 (c) (3) organizaciones sin fines de lucro cuyo propósito principal es proporcionar vivienda asequible;
    • Unidades del gobierno estatal o local que se ocupan de la vivienda;
    • Autoridad de vivienda local o regional o una agencia tribal que se ocupe de la vivienda.

Rondas de aplicación

Las solicitudes deben recibirse a más tardar 60 días antes de la reunión regular de la Junta Directiva de Vivienda Nuevo México para que sean consideradas en dicha reunión. Las reuniones de la Junta Directiva de Vivienda Nuevo México se celebran generalmente el tercer miércoles de cada mes. Se revisará la integridad y la calificación de las solicitudes. De ser aceptables, se enviarán al Comité Asesor del LTTF y, posteriormente, a la Junta Directiva de Vivienda Nuevo México. Si las solicitudes están incompletas o son inaceptables por cualquier motivo, se devolverán al solicitante para que las complete o con una notificación de rechazo. Se requiere una puntuación mínima de 75 puntos para que un proyecto sea financiado. 

Formularios y materiales de referencia

Desarrollos financiados por vivienda en Nuevo México