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Fondo fiduciario de títulos de propiedad

Propósito

La Ley del Fondo Fiduciario de Título de Tierras establece que ciertos fondos en garantía de la compañía de títulos de propiedad pueden colocarse en cuentas que devengan intereses, y los intereses devengados se remitirán al Fondo Fiduciario. El Fondo Fiduciario se utilizará para financiar préstamos o subvenciones que proporcionarán vivienda a personas de bajos ingresos (los ingresos familiares no superan el 80 por ciento del ingreso medio del área) y otros usos, como se muestra a continuación. (Nota: los corredores de bienes raíces y los agentes de cierre de depósitos en garantía sujetos a la Ley de fideicomisos de vivienda para personas de bajos ingresos también pueden colocar fondos en custodia en cuentas que devengan intereses, como se describe a continuación).

Los mecánicos

  1. La compañía de títulos, el corredor de bienes raíces o el agente de cierre de depósitos en garantía colocan los fondos en custodia en cuentas especiales que devengan intereses.
  2. La institución financiera remite los intereses de estas cuentas especiales al fondo al menos trimestralmente, de conformidad con las reglas de la MFA, o la compañía de títulos puede optar por remitir utilizando los siguientes formularios:
  1. El fiduciario (MFA) supervisa los depósitos, inversiones y desembolsos del fondo de conformidad con la Ley y las reglas.

 Para obtener más información sobre cómo participar, comuníquese con Laura Thompson en 505-843-6880  or 505-767-2235.

Uso de dinero

  • Actividades elegibles
    • Préstamos o subvenciones a organizaciones elegibles para proporcionar vivienda a personas de bajos ingresos;
    • Fondos para proporcionar becas para graduados de la escuela secundaria de Nuevo México / beneficiarios de GED en instituciones postsecundarias públicas de Nuevo México bajo un programa que será administrado por una asociación estatal de títulos de propiedad sin fines de lucro.
  • Organizaciones elegibles
    • 501 (c) (3) organizaciones sin fines de lucro cuyo propósito principal es proporcionar vivienda asequible;
    • Unidades del gobierno estatal o local que se ocupan de la vivienda;
    • Autoridad de vivienda local o regional o una agencia tribal que se ocupe de la vivienda.

Rondas de aplicación

Los plazos de presentación de las rondas de solicitudes trimestrales son el segundo viernes de enero, abril, julio y octubre. Las solicitudes de financiamiento deben enviarse en el formulario de solicitud estandarizado con una lista de verificación (consulte NOFA a continuación). Las solicitudes se revisarán para verificar que estén completas y calificadas. Si son aceptables, se pasarán al Comité Asesor de LTTF y, posteriormente, a la Junta Directiva de MFA. Si las solicitudes están incompletas o son inaceptables, se devolverán al solicitante para que las complete o con un aviso de rechazo. Se debe lograr una puntuación mínima de 75 puntos para que un proyecto sea financiado. Ningún solicitante puede acceder a más del 30 por ciento de los fondos disponibles.

Actualmente no hay fondos disponibles para el LTTF. Consulte esta página de vez en cuando para ver si la situación ha cambiado.

Formularios y materiales de referencia

Desarrollos financiados por MFA