Descripción general de la Ley de vivienda asequible
¿Qué es la Ley de Vivienda Asequible (AHA)?
La Legislatura del Estado de Nuevo México aprobó la Ley de Vivienda Asequible en 2004 (y la modificó en 2015) como una excepción a la cláusula contra la donación en la Constitución de Nuevo México para permitir que los gobiernos locales y otras subdivisiones políticas destinen recursos a la adquisición de viviendas asequibles. , desarrollo, financiamiento, mantenimiento y operación. Esencialmente, la Ley permite asociaciones público-privadas para las actividades de vivienda asequible.
La Ley es fundamental para crear soluciones a nivel local para el desafío que enfrentan muchos de los residentes de ingresos bajos y moderados del estado al tratar de asegurar una vivienda segura y de calidad.
Vivienda Nuevo México | MFA brinda asistencia técnica a los gobiernos locales que llevan a cabo proyectos conforme a la Ley y es responsable de los asuntos de cumplimiento. Consulte la presentación vinculada a continuación para obtener información adicional sobre la Ley de Vivienda Asequible o comuníquese con la Gerente de Cumplimiento de Vivienda Nuevo México | MFA (Jackie Nutima, jnutima@viviendanm.org or 505-308-4256) para organizar una presentación en su comunidad.
- Presentación general de la AHA
- Ley de vivienda asequible (enmendada, 2015)
- Reglas de la Ley de Vivienda Asequible (según enmendada, 2015)
Requisitos de la AHA
La Ley tiene ciertos requisitos que deben cumplirse para que un gobierno local haga donaciones a viviendas asequibles. Estos requisitos incluyen:
- El gobierno local también debe haber adoptado un plan de vivienda asequible Vivienda Nuevo México | MFA debe haber revisado y aprobado tanto la ordenanza como el plan para que se consideren válidos
- Una vez que el gobierno local tiene estos dos elementos en su lugar, puede buscar un beneficiario calificado a través de un proceso de adquisición estatal local. Los gobiernos locales deben certificar que la entidad seleccionada para ser su concesionario calificado realmente existe para la propuesta de proporcionar viviendas asequibles y es financieramente sólida.
- El gobierno local puede luego donar al beneficiario calificado a través de un contrato que estipula que los beneficiarios de la donación son ingresos bajos y moderados, un período de asequibilidad y seguridad contra la pérdida de fondos públicos.
- Aprobar la “legislación habilitante”, que es una ordenanza que básicamente incorpora las definiciones y regulaciones de la Ley de Vivienda Asequible en el código local.
fase I
El gobierno local aprueba la legislación habilitante:
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Borrador del Plan de Vivienda Asequible
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Vivienda Nuevo México | MFA aprueba plan de vivienda asequible
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Proyecto de Ordenanza de Vivienda Asequible
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Vivienda en Nuevo México | El Ministerio de Asuntos Exteriores aprueba la Ordenanza de Vivienda Asequible
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El gobierno local aprueba la Ordenanza de Vivienda Asequible
Fase II
El gobierno local ve a un beneficiario calificado:
- Vivienda en Nuevo México | MFA evalúa a los beneficiarios calificados
- Las adquisiciones deben cumplir con las regulaciones locales y estatales.
Fase III
El gobierno local hace una donación a un beneficiario calificado para viviendas asequibles:
- La donación debe servir a personas con ingresos bajos y moderados.
- Requisitos para el período de asequibilidad
- Estipulaciones para asegurar contra la pérdida de fondos públicos
¿Cómo funciona la AHA?
Según la Ley, las entidades que están autorizadas a realizar donaciones a viviendas asequibles incluyen: el Estado de Nuevo México, condados, municipios y distritos escolares.
- Las entidades elegibles para recibir donaciones, o beneficiarios calificados como se denominan en la Ley, incluyen:
- Entidades públicas, como autoridades de vivienda,
- Organizaciones sin fines de lucro, como refugios para personas sin hogar o una agencia que trabaja en la rehabilitación de viviendas para hogares de bajos ingresos,
- O empresas privadas, que a menudo son desarrolladores de viviendas.
- Para ser considerado un beneficiario calificado, la entidad debe existir para la propuesta de proporcionar vivienda asequible.
- Las donaciones permitidas incluyen:
- Terreno para la construcción de viviendas asequibles
- Un edificio existente para conversión o renovación en vivienda asequible.
- Costos de infraestructura necesarios para apoyar proyectos de viviendas asequibles.
- Y el costo de adquisición, desarrollo, construcción, financiamiento, operación o posesión de viviendas asequibles.
Entidades elegibles para donar
- Estado de nuevo mexico
- Condados
- Municipios
- Distritos escolares
Entidades autorizadas a recibir donaciones (beneficiarios calificados)
- Entidades publicas
- Organizaciones sin ánimo de lucro
- Empresas privadas
Los beneficiarios calificados deben ser organizaciones cuya misión sea proporcionar viviendas asequibles.
Donaciones elegibles
- Terreno para la construcción de viviendas asequibles
- Un edificio existente o conversión o renovación en una vivienda asequible.
- Costos de infraestructura necesarios para apoyar proyectos de viviendas asequibles.
- Costo de adquisición, desarrollo, construcción, financiamiento, operación o posesión de vivienda asequible
- Exención de costos de solicitud, tarifas y permisos relacionados con la adquisición o instalación de infraestructura